ACTIVIDADES FOL MÓDULO DE RELACIONES LABORALES

 

  1. Indica cuales son las tres principales fuentes del Derecho del Trabajo que tendrás que consultar el día de mañana, si tienes un problema en el trabajo, para saber si tienes derecho a reclamar algo.

 

Seguridad social.

Jornada de trabajo, descanso semanal y vacaciones anuales.

Indemnización ante despido injusto.

Derecho al salario mínimo

Derecho al trabajo.

Estabilidad de los funcionarios públicos.

Seguridad e higiene en el trabajo. La materia contempla dos temas específicos: los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales.

Derecho de sindicación.

Derecho de huelga y de cierre patronal.

Derecho a negociar colectivamente.

 

  1. Indica si estás de acuerdo o no con la siguiente afirmación, razonando brevemente la respuesta: “Cuando en tu contrato firmas que no tienes derecho a vacaciones, luego, por supuesto, no puedes reclamarlas, porque has renunciado a ellas”.

 

Eso no es del todo cierto ya que tú, aunque firmes ese cintrado siempre puedes reclamar una serie de derechos básicos como son tus derechos a las vacaciones y llegando a ir a juicio siempre podrías reclamar tus vacaciones aun estando, trabajando sin contrato firmado en papel podrías reclamarlo.

 

  1. Señala cinco derechos laborales básicos que te corresponden como trabajador, y cinco deberes laborales básicos que estás obligado a cumplir en tu puesto de trabajo.

 

-      Promoción y formación del trabajo

-      Derecho a la integridad

-      No sufrir discriminación directa o indirectamente

-      No concurrencia con la empresa

-      Percibir puntualmente la remuneración pactada

-      Trabajo y libre elección de profesión u oficio

-      Negociación colectiva.

-      Huelga.

-      Información, consulta y participación en la empresa.

-      Ocupación efectiva.

 

  1. Si decimos que lo que ganas y lo que cobras, es lo mismo. ¿Es eso correcto o no? Justifica brevemente tu respuesta.

 

No es del todo correcto ya que lo que ganas una parte se va para la seguridad social, viéndolo así siempre ganaras mas de lo que cobras.

 

  1. Indica que derechos tienes cuando el empresario lleva seis meses sin pagarte el salario.

 

Cuando la empresa no paga el trabajador, este puede actuar de dos formas: reclamar lo que se le debe o, además de exigir el pago, pedir la finalización del contrato

 

  1. Si el empresario es insolvente y no tiene dinero para pagarte los salarios que te debe, te quedas sin cobrarlos, por supuesto. ¿Es eso correcto o no? Justifica brevemente tu respuesta.

No es correcto ya que, una vez obtenida la insolvencia de la empresa, el trabajador, para poder cobrar la indemnización por despido deberá dirigirse, antes del plazo de un año desde el dictado de la insolvencia de la empresa, al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), ya que este organismo será el encargo de abonar parte de las indemnizaciones por despido en caso de que la empresa obligada al pago sea declarada insolvente. Una vez abonadas las indemnizaciones a que viene obligado, el FOGASA, podrá reclamar la cantidad abonada al trabajador, a la empresa, subrogándose en los derechos del trabajador hasta el límite de la cuantía pagada.

 

  1. Si el empresario no te da vacaciones, puedes reclamarle en juicio que te pague otro mes de salario correspondiente a las vacaciones no disfrutadas. ¿Es eso correcto o no?. Justifica brevemente tu respuesta.

 

En principio no aun que en ciertos casos si como son los trabajos temporales inferiores a un año o en un despido y en casos de discapacidad.

 

  1. Si el empresario te traslada a Sevilla, tienes que ir o pierdes el trabajo sin derecho a indemnización. ¿Es eso correcto o no?. Justifica brevemente tu respuesta.

 

Tienes derecho a una indemnización por días trabajados y también tienes tres opciones aparte que son las siguientes aceptar el traslado, finalizar la relación laboral o impugnar la decisión del traslado laboral jurídicamente.

 

  1. Si el empresario te despide, y como no estás de acuerdo, reclamas en el Juzgado, y el Juez declara el despido como improcedente. ¿Cuales son las consecuencias para tí?

 

  • Si el despido es procedente se convalidará la decisión del empresario.
  • Si es improcedente, la empresa podrá optar entre la readmisión o el pago de una indemnización.
  • Si es nulo, se deberá readmitir al trabajador y pagarle los salarios de tramitación.
  • Y si no es readmitido tras un despido nulo declarado judicialmente, se podrá solicitar la indemnización conforme a un despido improcedente -además de una posible indemnización adicional si ha habido daños.

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